De las Faltas, su
tipificación y medidas disciplinarias.
De acuerdo a las orientaciones dadas por el
ministerio de educación, se hace necesario establecer criterios que permitan
clasificar las faltas en diferentes estratos. En el sentido anterior, para
nuestro establecimiento, se definen las faltas de la siguiente manera:
Faltas Leves: Son actitudes y comportamientos
que alteran el normal desarrollo del proceso de aprendizaje, que no involucran
daño físico o psíquico a otros miembros de la comunidad.
Faltas Gravísimas: Corresponden a actitudes o
comportamientos que atentan gravemente la integridad física y/o psíquica del
propio alumno, o de terceros; incluye, también, las acciones incorrectas que
afectan peligrosamente el proceso de aprendizaje.
En nuestra escuela creemos en la capacidad de
las personas para reconocer las faltas cometidas, reflexionar sobre la conducta
negativa, para luego comprometerse a cambiar; también creemos en el esfuerzo
que cada uno de los integrantes del establecimiento realiza para prevenir
conductas que dañen la integridad parcial o total del establecimiento y, por
sobre todo, de las personas que trabajan o estudian en el mismo. Es por eso que
las medidas disciplinarias, sin dejar de establecer sanciones en casos
extremos, se centrarán en el aspecto formativo – dialógico, lo que creemos
permitirá lograr resultados más profundos en los integrantes de la unidad
educativa, que los castigos punitivos. En otras palabras, es necesario agotar
los medios antes de establecer una sanción que, probablemente, pueda sumergir
aún más al estudiante en un proceso de rechazo directo frente al
establecimiento y el respeto a las normas. A continuación se detallan algunos
aspectos a tener en consideración.
·
Las
acciones formativas, podrán ser adaptadas de acuerdo al criterio de la persona responsable de
aplicar el reglamento, siempre y cuando está interpretación no involucre
realizar un castigo físico o psíquico contra el estudiante, ni atenten contra
sus derechos como persona.· Las estrategias formadoras para evaluar la conducta y solucionar conflictos, van desde la conversación personal con el estudiante, considerando la mediación con éste, el arbitraje pedagógico de ser necesario y la negociación, además de la inclusión del trabajo comunitario como respuesta a situaciones particulares (el apoyo del personal docente y no docente, es esencial), que serán evaluadas por los estamentos del establecimiento, y que requieren un seguimiento de conducta, para observar si se producen cambios positivos.
· Es imprescindible que exista compromiso y participación de parte de los docentes, directivos, asistentes educacionales y apoderados, en la realización de actividades, clases y/o talleres, que permitan llevar la discusión respecto de los valores, comportamientos y actitudes que fortalecen la humanidad de toda persona.
· En la aplicación de estrategias para resolución de conflictos, deberá seguirse un conducto regular, que tiene por finalidad evitar movilizar a todos los estamentos del establecimiento en la solución de un conflicto.
Las
situaciones ya sea de orden académico y/o conductual seguirán el siguiente, conducto
regular.
1.
Profesor de Asignatura.
2.
Profesor Jefe.
3.
Inspectoría General (problema de conducta); Jefe de U.T.P. (problemas de rendimiento).
4.
Dirección.